ABC del Comercio en Colombia

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Como comerciante se entiende que es cualquier persona que practica actividades de comercio habitualmente o profesionalmente. Normalmente se presume que alguien es comerciante cuando está matriculado en Cámara de Comercio, tiene establecimiento de comercio abierto ante el público y se anuncia como comerciante públicamente.
La ley mercantil regula todos los actos de comercio en Colombia, a través de esta se establece una serie de obligaciones para el comerciante:

Matricularse en Cámara de Comercio, estas son entidades privadas que llevan el registro público de comercio, el cual es un archivo con toda la información acerca del comerciante.

Llevar contabilidad en libros registrados (Libro Diario, Libro Mayor y Estados Financieros)

Conservar la correspondencia mínimo por 10 años

Informar acerca de su mala situación financiera cuando se presente (Ley 1116)

Competir en forma leal

Documentos que se Deben Llevar a Cámara de Comercio
Todo comerciante debe matricularse en Cámara de Comercio y tiene un mes para hacerlo, en caso contrario es sancionado. Los documentos que se deben presentar a esta entidad son:

Capitulaciones matrimoniales, liquidación de la sociedad conyugal cuando alguno de los dos (marido o mujer) sea comerciante

Interdicción judicial

Prohibiciones de ejercer el comercio por competencia desleal o actos ilegales

Cargos públicos prohibidos como actos comerciales

Autorizaciones a menores de edad para ejercer el comercio

Otorgamientos de poder para manejo de bienes

Matrícula del establecimiento de comercio

Contabilidad

Embargos al establecimiento de comercio

Actos que impliquen reformas a los estatutos de la sociedad

Información si se es sociedad vigilada por alguna superintendencia

Actos de Comercio

Para que un acto de comercio se conciba así, debe estar definido en la ley

Compra de bienes con destino a enajenarlos

Adquisición de bienes para arrendarlos

Conseguir dinero para prestarlo (solo puede hacerlo las entidades financieras debidamente registradas)

Crear, vender, dar en prenda establecimientos de comercio

Negociar acciones

Constituir sociedades

Trafico de títulos valores

Operaciones bancarias, de bolsa, de martillo (subastas)

Representación de firmas extranjeras y nacionales, agencias de negocios, corretaje (intermediación)

Explotación de muelles, puertos, aeropuertos

Empresas de seguros

Transporte de personas o cosas

Compra de bienes para transformarlos (fabricas)

Actividades de espectáculo

Actividades de bodegaje

Actividades informativas, propagandas, editoriales

Construcción

Aprovechamiento y explotación de recursos naturales

Ensamblaje, reparación de vehículos

Todo acto que la ley denuncia como comerciales

Actos No Comerciales

Comprar para consumir o usar, o la enajenación de sobrantes

Creación de obras artísticas para posteriormente ser vendidas

Actividades agrarias, cuando no hay proceso

Profesiones liberales que se pueden ejercer de forma individual

El Estado solo interviene en el comercio cuando existe una liquidación obligatoria (evidencias de que la sociedad no es viable, la superintendencia envía un liquidador) y sanciones por competencia desleal.

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