El Nuevo Pequeño Productor Agropecuario

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Hasta hace poco, un campesino que tuviese cinco hectáreas de tierra, y unos cuantos animales para el ordeño, no era considerado como un pequeño productor, debido a que sus activos superaban los $93 millones. En esa situación se encontraba una gran cantidad de trabajadores del agro en el país, quienes salían de esa categoría, perdiéndose la oportunidad de acceder a beneficios estatales.

Fuente: www.freeimages.com Autor: tim & annette

La nueva norma establece un cambio en la clasificación de pequeño productor, duplicando el valor de los activos que se tomaban para caracterizarlo en el sistema financiero, pasando de $93 millones a $183 millones de pesos. De acuerdo con el ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Aurelio Iragorri Valencia, el monto que existía para la definición del pequeño productor (activos totales no superiores a 145 salarios mínimos mensuales legales vigentes, Smmlv, es decir $93.430.750) estaba desactualizado y no correspondía a la realidad del campo colombiano. “Con la actualización de la definición, mayor número de productores tendrán la oportunidad de beneficiarse de las condiciones especiales de los diferentes instrumentos administrados por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario, Finagro, como lo son el crédito, las garantías e incentivos que ofrece el gobierno nacional”, añadió el alto funcionario.
Así las cosas, productores que antes eran clasificados como medianos pasarán a ser pequeños, solucionando un requerimiento de los campesinos, pues un gran número de ellos estaban siendo clasificados incorrectamente, debido al alto valor de sus predios, sin que ello correspondiera a su capacidad real de generar ingresos. “No tenían la oportunidad de acceder a instrumentos financieros del Estado”, indicó el ministro.
Lo anterior permite que los productores se beneficien de mejores condiciones en los diferentes instrumentos de financiamiento y herramientas de apoyo, como los seguros agropecuarios, las líneas especiales de crédito y especialmente al Incentivo a la Capitalización Rural, ICR, que es una de las principales herramientas para incentivar la inversión en el campo. “Con estas medidas vamos avanzando en el camino para garantizar el acceso a financiamiento, que es una de la apuestas del plan Colombia Siembra, con lo que buscamos que los productores puedan acceder a recursos de financiamiento de forma fácil y ágil”, precisó el ministro Iragorri.
Por último, el jefe de la cartera agropecuaria aclaró que el cambio aplica para los créditos e incentivos nuevos, que se adquieran desde la expedición de la normatividad, es decir, que los que se suscribieron antes de la expedición de la misma deben terminar de liquidar sus pagos según la clasificación que tuvieron en el momento de solicitar los beneficios.
Ver más información en el Decreto número 2179 de 2015 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1071 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural, en lo relacionado con la definición de Pequeño Productor para los fines de la Ley 16 de 1990”

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