Corte Constitucional Declara Inexequible la Condición Especial de Pago

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Mediante Sentencia C-743 del 2 de diciembre de 2015, la Corte Constitucional declara Inexequible el artículo 57 de la Ley 1739 de 2014 “Por medio de la cual se modifica el Estatuto Tributario, la Ley 1607 de 2012, se crean mecanismos de lucha contra la evasión y se dictan tras disposiciones”, artículo que contenía la condición especial de pago, con excepción de su parágrafo primero, respecto del cual la Corte se Inhibe de emitir un pronunciamiento de fondo relativo a la extinción de la acción penal en materia de IVA y retención en la fuente.

Fuente: www.freeimages.com Autor: sanja gjenero

Motivos
A juicio de la Corte, las reglas de amnistía tributaria previstas en el artículo 57 de la ley 1739 de 2014 no superan el juicio estricto de proporcionalidad que se exige de medidas y quebrantan la igualdad y equidad entre los contribuyentes. Por consiguiente, fueron declaradas inexequibles.
Manifiesta la Corte Constitucional que lo que se pretendía con la nueva amnistía de la reforma tributaria del 2014 era extender los beneficios de la amnistía instaurada por la reforma del año 2012, la cual establecía una condición especial de pago respecto de obligaciones tributarias en mora de los períodos gravables del año 2010 y anteriores.
Agregó la Corte que la rebaja en los intereses por incumplimiento de las obligaciones tributarias no cubre la suma de dinero que en vigencias anteriores ha debido ser desembolsada, si se tiene en cuenta que los intereses moratorios buscan, entre otros propósitos, asegurar la corrección de la pérdida del valor del dinero.
Pérdida de Confianza
Concluye la Corte constitucional que la llamada “condición especial de pago” no es otra cosa que una “amnistía tributaria”, no siendo esta la primera vez que se desestima tal figura por vía judicial en los últimos años, recordemos que el hoy llamado “impuesto de normalización tributaria” también inició como una presunta amnistía, motivo por el cual, fue declarado Inexequible el artículo 163 de la Ley 1607 de 2012 que contenía la llamada “Ganancia ocasional por activos omitidos y pasivos inexistentes”, pero que a juicio de la Corte era también una amnistía.
¿Con qué confianza podrán los contribuyentes creer en promesas del legislativo que busca mayor recaudo haciendo uso de figuras violatorias de principios de igualdad y equidad, si el uso de las mismas genera desestabilización de las proyecciones económicas en el patrimonio de los mismos?
GLORIA PATRICIA JARAMILLO ARISTIZÁBALAbogada Universidad de MedellínEspecialista en Derecho Comercial U.P.B.Especialista en Legislación Tributaria U.P.B.Especialista en Negocios Internacionales U.P.B.Experta en Fiscalidad Internacional de la Universidad Santiago de CompostelaDerecho Tributario Internacional Universidad Austral de ArgentinaPrecios de Transferencia Universidad Austral de Argentina
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